Dar de baja Rentas

Los contribuyentes de Tucumán deben comunicar el cese de sus Rentas o actividades a través de la DGR, los requisitos para solicitar la baja son sencillos, es importante que si eres contribuyente y cesas tus actividades lo notifiques, en el presente artículo te otorgamos una guía compilada con los pasos necesarios para que puedas dar de baja tus Rentas sin inconvenientes.

El cese de las Rentas está destinado a los contribuyentes del convenio multilateral de Tucumán, se trata de un procedimiento sencillo el cual se hace a través de los canales disponibles por la DGR, en Dardebaja.ar te ofrecemos la mejor orientación para que efectúes la operación y estés al día con tus obligaciones como contribuyente.

Recaudos exigidos para el trámite de baja de las Rentas

Los requisitos se encuentran disponibles en la página web www.padronweb.gov.ar la solicitud debe realizarla el contribuyente, el cual puede nombrar un apoderado legal si se le imposibilita hacer el trámite por su cuenta.

  • 3 copias certificadas de la baja o cese municipal
  • Clave de identificación tributaria CIT
  • Tener las condiciones totales o parciales exigidas en la normativa para ser agente de recaudación
  • Presentar en su totalidad las declaraciones juradas

¿Quién puede solicitar el trámite de baja de Rentas?

  • Quienes posean una propiedad o derecho sobre un bien
  • Apoderado legal que represente al interesado ante la DGR, el cual debe presentar el poder de otorgamiento que le confiere su carácter de representante legal, de una persona natural o jurídica, incluyendo a los padres que ejercen la patria potestad de sus hijos.

Pasos para darse de baja en Rentas

  • Ingresa a la web www.arba.gov.ar
  • Coloca tu CUIT y CIT haz clic ingresar
  • En el menú elige la pestaña trámites y luego selecciona cese en AR
  • En el formulario llena los datos solicitados y presiona declarar
  • Espera el correo de confirmación para que hagas clic en el enlace para terminar el proceso de baja

La agencia de recaudación solicita la documentación según corresponda el caso para terminar de gestionar tu requerimiento de baja, la presentación de los documentos debe ser de forma presencial, en la agencia que se indique en el mail de confirmación, dentro de los 10 días hábiles luego de haber realizado la petición.

Se recomienda mantener los documentos al día y en orden, ya que, el incumplimiento de algún requisito da origen a la anulación del trámite, el tiempo de gestión de la solicitud de baja de Rentas tarda solo 10 minutos y es completamente gratis, la vigencia del trámite comienza a partir del siguiente día hábil de la baja.

Conoce las normativas vigentes para realizar tus requerimientos ante la oficina de recaudación

  • Normativa 53/10: Procedimiento para formalizar inscripciones, modificaciones o cese de actividades de los contribuyentes directos y agentes de recaudación de IIBB e impuestos de sellos.
  • Normativa 02/16: Requisitos vigentes para tramites de baja de Rentas
  • Normativa 48/20: Modificación de la normativa 58/10 al incluir un procedimiento especial para la confirmación de tramites de inscripción de agentes de recaudación

¿Cómo dar la baja de Rentas en la AFIP?

El procedimiento es sencillo, puedes hacerlo vía internet a través de los siguientes pasos:

  • Ingresa a la web de AFIP www.afip.gob.ar
  • Coloca tus datos (clave fiscal)
  • En el menú selecciona registro tributario
  • Dale clic a la opción F 420/T baja de impuestos/regímenes
  • Confirma la operación
  • El sistema te emite un comprobante de cancelación del impuesto
  • Imprímelo y guárdalo como soporte del trámite

Para presentar la solicitud, puedes realizarla el ultimo día hábil del mes posterior en el cual cesas tus actividades, la notificación de baja es obligatoria, una vez realices la solicitud por internet, debes acudir a la oficina para presentar la documentación pertinente para terminar de hacer efectivo el proceso.  

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